Imprimir

Que Cambiemos supo aprovechar el nuevo sentido común impuesto a esta sociedad que ya no es la misma que antes de su aparición parece una verdad irrefutable.

No hay otra manera de interpretar su llegada al poder aunque por su propio peso y la crueldad este modelo social acaba de ser rechazado en las PASO.

Sin embargo, interpretar este resultado electoral como una vuelta en que la sociedad argentina cambió súbitamente y reniegue de este modelo por una conciencia social que rechaza totalmente los postulados macristas, parece ser un error tan grave como ingenuo.

En consecuencia, si de darse lo que parece un hecho, el nuevo gobierno tendrá además de la titánica tarea de reparar lo que Macri, Vidal y compañía han destruido también deberá reconstruir un sentido de patria y sociedad solidaria como base de la construcción de un nuevo país para todos y todas.

Los tres pilares en que se basa el peronismo son la justicia social, la soberanía política y la independencia económica, traducir esto a decisiones concretas es poder ejemplificar en decisiones de gobierno.

Esta introducción la hacemos para demostrar cómo, aplicar nuestros principios ideológicos al caso de YPF, redunda en favor del pueblo. Para esto hagamos un poco de historia.

En el año 1976 durante la reinstauración oligárquica asesina de la dictadura militar su principal ideólogo José Alfredo Martínez de Hoz y Rafael Videla por medio del decreto ley 21305/76 reconocen al CIADI como tribunal arbitral y la jurisdicción extranjera para las empresas que radicadas en el país coticen en bolsas externas.

En el gobierno de la primera restauración neo liberal colonialista en periodo democrático de Carlos Menem se firman los tratados bilaterales de protección de inversiones (TPI) que terminan de perfeccionar esa herramienta judicial dando cobertura total a las inversiones extranjeras en el país, terminando de sacar de las orbitas de los tribunales y la justicia argentina a estas inversiones y renunciando a toda posibilidad de soberanía. Es de resaltar que esto se hizo en paralelo a las privatizaciones que enajenaron el patrimonio nacional.

En 1993 la privatización de YPF incluyó la oferta en EEUU de las acciones representadas por la American Depositary Shares (ADSs) que cotizaban en la bolsa de Nueva York.

El estatuto de YPF fue modificado antes de la privatización para priorizar los intereses particulares de los nuevos accionistas. Uno de los cambios obligaba al Estado Argentino a que si recompraba más del 49% del capital accionario de YPF debería comprar el resto de las acciones al valor determinado por medio de una fórmula que se incluía en esa modificación de conformidad a las reglas de los gobiernos y los mercados donde cotizaren las acciones remanentes.

Según esta modificación la sanción por incumplimiento de esta obligación es la pérdida del derecho a votar por las acciones adquiridas y a no percibir los dividendos correspondientes.
Esta modificación se registró en la Comisión de Valores de EEUU y se distribuyó entre los inversores.

En 2008 dos empresas del Grupo Petersen constituyeron dos empresas en España con las cuales compraron a ADSs el 15% de las acciones de YPF que luego ampliaron en el 2011 en un 10% más hasta completar el 25% de las acciones.

En abril del 2012 el Gobierno Nacional mandó al Congreso un proyecto de ley  que se sancionó bajo el número 26741/12 que declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el 51% de YPF. Luego de intervenir YPF el gobierno pagó esa expropiación y canceló el pago de dividendos por lo que las empresas del grupo Petersen al no percibir este dinero se concursaron en España.

El fondo Burford compró al síndico español en 15 millones de euros el control del juicio contra la Argentina por las desviaciones de la expropiación de YPF y el 30% de la compensación económica de resultar el litigio exitoso.

Así en el 2015 Burford hace la presentación en el juzgado federal del distrito sur de Nueva York y pide dos cosas:

1)  Contra el  Estado Argentino por no haber ofrecido comprar el 25% de Petersen.

2) Contra YPF por haber permitido que se paralice el pago de dividendos al grupo Petersen y no exigir al Estado Argentino la compra de ese 25% incumpliendo su propio estatuto.

El gobierno peronista en ese 2015 se opone a esto amparándose en la Ley de Inmunidad Soberana de los EEUU y la jueza Preska en 2016 rechaza este argumento.

Ya en época macrista la Argentina en 2016 apela a la Cámara de Apelaciones de Nueva York la que ratifica lo decidido por la jueza Preska pero con una corrección que dice que el 51% de Repsol que fue expropiado por ley argentina se encuadra dentro de la Ley de Inmunidad Soberana, pero lo actuado con el grupo Petersen ya lo considera una acción comercial posterior por lo que debe ser encuadrado dentro del nuevo estatuto y corresponde el pago reclamado por Burford.

La Argentina en el 2017 hace una prestación ante la Suprema Corte de EEUU para que tome el caso y se presentan como amicus curiae Méjico y Chile quienes tienen conflictos parecidos, el primero con una subsidiaria de PEMEX y el segundo con una empresa extractora de Cobre.

La Corte estadounidense contesta en 2018 que no toma el caso y recomienda seguir con el criterio jurídico hasta ahí aplicado.

La defensa argentina interpone un pedido de traslado del juicio a la Argentina y refuerza esta posición con el argumento no solo de que esa jurisdicción le es natural sino agregando por medio de una presentación coordinada por el Procurador del Tesoro Saravia Frías otro argumento (que es rechazado de cuajo por la jueza y por la Cámara de EEUU por ser improcedente).

Esa presentación tiene como sustento artículos periodísticos de Clarín donde justifica que el traslado de la causa debe darse porque los principales testigos (Julio De Vido y Axel Kicillof) no pueden salir del país por juicios de corrupción en su contra, además de conectar con que ese 25% de Petersen se podría haber pagado con el dinero que recibió Néstor Kirchner en 1993 por la privatización de YPF y el ex presidente sacó oportunamente del país.

Esto que no es más que un panfleto político del PRO con argumentos ridículos no tenía otro destino que el de ser rechazado por impresentable, con la sola intención de conectar al gobierno anterior con causas de corrupción que justificaría el incumplimiento.

Es de resaltar que el mencionado Saravia Frías es ex director de legales del Bank of América que fue quien motorizó el pago a los fondos buitres y que recalcó las bondades de la jueza Preska sucesora del juez Griesa de quien Macri dijo que había que respetar en lo que decida en el caso de los fondos buitre.

Burford Capital invierte en asuntos legales, tiene oficinas en  Nueva York, Londres, Singapur y Chicago y cotiza en la bolsa de Londres acciones por más de 4.000 millones de dólares.

Burford compró por 15 millones de euros el juicio, como dijimos antes, con una participación del 30% de los beneficios que este produzca, vendió el 10% de su parte a 100 millones de dólares y antes había vendido el 30% de su parte a 236 millones de dólares, conservando el 61,4% de sus derechos. Como el reclamo es por 3000 millones de dólares pretende quedarse con 900 millones de dólares, lo que hace un remanente de 2100 millones de dólares que son reclamados por alguien a quien Burford representa.

Ahora, tras todos los reveses judiciales que ha sufrido la Argentina, Burford agregó en agosto de 2019 su representación a un fondo llamado Eaton Park que tiene el 3% de las acciones de YPF y reclama un resarcimiento de 495 millones de dólares más.

Visto lo actuado y al punto que se ha llegado en este juicio contra los intereses nacionales proponemos dos acciones concretas:

1) En cuanto al juicio, saber quiénes son los que están querellando, quienes piden estos ahora 3.495 millones de dólares descubriendo qué intereses están detrás de Burford, lo que esperamos nos descubra si hay, como sospechamos, intereses locales empresariales con conexiones políticas.

2) Después de hacer esa presentación ganar tiempo para incluir esta deuda dentro de la deuda externa soberana para renegociar en el mismo sentido que reclamamos en cuanto a la deuda para lograr al menos una quita y plazos extendidos para su licuación.
Esta propuesta la hacemos, tomándola como posible en este estado de cosas, sin perjuicio de resaltar que no podrá recuperarse la soberanía nacional y la independencia económica sin sacarnos de encima esta jurisprudencia que somete al país a la jurisdicción imperialista.
Es vergonzoso ver cómo, cuando un gobierno nacional y popular intenta tomar una medida de recuperación de soberanía, aparecen los fondos internacionales que someten al país a la decisión de EEUU que siempre es en contra de los intereses nacionales.
El tema de fondo no es una proclama abstracta o fuera de moda como se quiere imponer desde los medios hegemónicos o como se afana en imponer el despreciable candidato a vicepresidente oficialista sino es el claro ejemplo de que un país que no controla su comercio exterior, que no dispone de sus recursos estratégicos, que no puede tomar decisiones soberanas para proteger sus propios intereses, que está en situación de dependencia, está condenado al sub desarrollo, a la pobreza, a la indigencia y a someter a su pueblo a la falta de futuro.

Mar del Plata, 16 de setiembre de 2019.