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Y SI PROBAMOS CUMPLIR CON LA LEY??...
Evidentemente el tema del transporte despierta rápidamente pasiones en algunas personas (¿o deberíamos decir personajes?).
Existe una ley provincial,  la ley 11.430 más precisamente, que trata sobre este tema.
 
En particular en su artículo 65 expresa:
"Los conductores del transporte automotor de pasajeros, de corta y media distancia, no podrán realizar tareas de expendio y cobro de boletos durante la conducción.

Excepcionalmente podrán efectuarlas cuando por alguna circunstancia el sistema que se utilice para tal fin sufra algún desperfecto en su funcionamiento durante la prestación del servicio. Dicha tarea se desarrollará con la unidad detenida en la parada.

Ningún vehículo afectado al transporte público de pasajeros podrá iniciar o reiniciar su servicio si el sistema de conteo y/o control de ascenso de pasajeros no estuviese en condiciones normales de funcionamiento.

La presente disposición podrá ser dejada sin efecto por la reglamentación en las ciudades del interior de la provincia cuando la densidad vehicular y frecuencia del viaje lo hicieren aconsejable."
Pero la realidad de todos los días, comprobable en este caso en la única línea provincial que circula por nuestra ciudad, indica todo lo contrario, tal como puede verse en las fotos que se adjuntan.
En el caso de nuestra ciudad el cobro a bordo está definido por el contenido del Decreto 738/06, el cual no solo no lo permite sino que expresamente lo impide.
No creemos que seamos nosotros los obsesivos, es tan solo la realidad .
 
... cumplir con la ley, será un acto de madurez ciudadana o seguiremos pensando que es para los débiles, desprotegidos, tontos o alguna categoría marginal de ciudadanos??
 
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